A autoridades y a la ciudadanía:
La Red de ONGs por la Vida y la Familia (RVF) de Chile quiere manifestar su profunda preocupación por la falta de transparencia en las decisiones ministeriales de la distribución de la píldora del día después. Consideramos que su entrega es un atentado contra el derecho a la vida, contra el niño que está por nacer, protegido por nuestra Constitución en el articulo #20 y por la Convención Internacional de los Derechos del Niño desde su concepción, que se contempla según el Pacto de San José.
En representación de la sociedad civil, le exigimos a las autoridades gubernamentales que sean claras y no ambiguas en un tema tan relevante, como lo es el respeto a la vida humana. Hoy se ha planteado todo esto de la píldora como un problema sanitario, acerca de cuándo y de qué forma se debe entregar esta píldora y no se ha tomado en cuenta la vida humana, ni los preceptos constitucionales de nuestra patria..
Consideramos particularmente grave el hecho de que para justificar la difusión masiva de la píldora la autoridad invoque como principal argumento la necesidad de alcanzar la “igualdad de oportunidades entre ricos y pobres”. Tal argumento, además de retrotraer a la lucha de clases, justifica también la implantación del aborto, una vez que se puede invocar que los “ricos” pueden hacer abortos seguros en clínicas privadas y los “pobres” no lo pueden hacer. Según esta justificación gubernamental el Estado debería subsidiar todas las aberraciones morales que los pudientes puedan costear por sí mismos.
El derecho a la vida es el principal de todos los derechos, sin él los demás no se pueden sustentar. Trabajar por la justicia, la educación, la salud, la vivienda, el trabajo digno, pierde su valor si no somos capaces de reconocer la dignidad de toda persona humana desde el inicio de su existencia, en la fecundación.
Tenemos la convicción que uno de los actuales desafíos del ser humano, sin duda radica en tratar de recuperar su identidad y dignidad, que cada día se ven amenazadas por el relativismo, el individualismo y la alienación que provoca una cultura materialista. Para ello, las convicciones personales resultan ser fundamentales para lograr una vida coherente para la expresión y la defensa de los derechos de quienes son vulnerados y discriminados por motivo de no haber nacido.
El Ministerio de Salud fomenta la confusión, en relación a la píldora del día después, y deja en claro la evidente intención de legitimar el aborto, uno de los mayores daños que hoy se causa a la humanidad, en la primera expresión de todo ser humano.
Pedimos transparencia y verdad frente a las medidas que se toman y que afectan a la ciudadanía, y a no discriminar al más débil, protegiendo su derecho a nacer. También pedimos políticas de educación responsables “desde el día anterior” con adecuadas políticas educativas y sociales, y a no experimentar con la salud de las mujeres chilenas. Está comprobado por la Federal Drug Administration (FDA) que uno de los mecanismos de la píldora del día después es impedir la implantación del huevo humano. Investigaciones en años recientes realizadas en la República Popular China y en Hungría han demostrado que el Levonorgestrel en altas dosis de la Contracepción de Emergencia (CE) crea condiciones en la cavidad uterina que hacen muy difícil la supervivencia del embrión humano en esa etapa de desarrollo (supresión de la secreción de las glándulas endometriales encargadas de nutrir al embrión en su etapa preimplantatoria). Estos datos son de evidencia indirecta del efecto abortivo de la Contracepción de Emergencia pero son demasiado fuertes para seguir ignorándolos a la espera de datos aún más evidentes del efecto abortivo.
Nótese que en concordancia con la Organización Mundial de la Salud (OMS) hablamos de Contracepción de Emergencia (CE) y no de Anticoncepción de Emergencia (AE). El Concepto de Contracepción de Emergencia que utiliza la OMS y los organismos médicos internacionales incluyen el efecto abortivo postconcepcional, en tanto que las declaraciones gubernamentales al hablar de Anticoncepción de Emergencia (AE) están usando una terminología que implícitamente excluye el efecto abortivo y supone solamente un aspecto anticonceptivo preconcepcional, con lo cual están confundiendo a la población respecto a los efectos abortivos de la Contracepción de Emergencia.
La información que se dé a la población debe ser completa, verdadera y al alcance de la comprensión de la persona a la que va dirigida. El Consentimiento Informado, requisito ético actual de aceptación de todo medicamento o acción médica es una acto de respeto a la libertad de las personas. Su aplicación es un indicador del grado de desarrollo de una sociedad. Deben incluirse en la información que se dé a la población los efectos mediatos e inmediatos de la CE sobre la salud y bienestar de la mujer indicando todas las enfermedades que pueden constituir riego especial para la salud de la misma. P. ej. Las enfermedades vasculares como várices, flebitis, etc.
El respeto a la vida humana desde su concepción es el pilar fundamental del marco jurídico nacional, y corresponde al Estado y a la ciudadanía velar con las obligaciones consagradas en los instrumentos internacionales de derechos humanos y con las garantías individuales contenidas en la Constitución chilena.
Ismini Anastassiou
Coordinadora
Red por la Vida y la Familia
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